Un litigio que empezó por un distribuidor informático, vecino nuestro de la calle Sepúlveda de Barcelona, contra la SGAE por el cobro del canon digital, ha llegado a la justicia europea que lo ha declarado ilegal.
Según Europa, se reconoce la ilegalidad del canon aplicado de forma indiscriminada. Pero aquí está el problema, ¿Cómo interpretamos el concepto “indiscriminada”? Parece claro que cuando los soportes sean utilizados por administraciones y empresas el canon no debería de aplicarse y hacerse solo en el caso de los particulares.
De momento mucho ruido y pocas nueces, el canon se debe de seguir aplicando hasta que la Audiencia Provincial de Barcelona, se pronuncie y establezca los límites del concepto “indiscriminada”.
18/05/2012 05:06:55 h